Resumen de los cambios introducidos por la reforma fiscal de Chipre
El 22 de diciembre de 2025, el Parlamento de Chipre aprobó una esperada reforma fiscal integral. Su objetivo es hacer que el sistema tributario sea más flexible, justo y eficaz, adaptarlo a las realidades económicas y sociales actuales, y mejorar el cumplimiento de la legislación fiscal.
Los actos legislativos correspondientes se publicaron en la Gaceta Oficial el 31 de diciembre de 2025. Los cambios entraron en vigor el 1 de enero de 2026.
La reforma fiscal modificó las siguientes seis leyes:
- la Ley del Impuesto sobre la Renta de 2002 (118(I)/2002), la “ITL”;
- la Ley de Contribución Especial para la Defensa de 2002 (117(I)/2002), la “SDCL”;
- la Ley del Impuesto sobre las Ganancias de Capital de 1980 (52/1980), la “CGTL”;
- la Ley de Evaluación y Recaudación de Impuestos de 1978 (4/1978), la “ACTL”;
- la Ley de Recaudación de Impuestos de 1962, la “CTL”;
- la Ley del Impuesto de Timbre de 1963, la “SDL”.
A continuación, analizamos con más detalle los principales cambios que pueden ser realmente importantes para su negocio en Chipre.
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Cambios en el impuesto de sociedades, la residencia fiscal y el régimen IP Box
- La tasa del impuesto de sociedades aumentó del 12,5% al 15%.
- Se amplió el concepto de residencia fiscal. Desde el 1 de enero de 2026, cualquier empresa registrada conforme a la Ley de Sociedades de Chipre será considerada automáticamente residente fiscal en Chipre, con independencia de dónde se encuentren realmente su dirección y control. La ley también incluye una aclaración adicional según la cual las empresas que hayan trasladado su domicilio social o dirección legal a Chipre se equiparan oficialmente a las empresas constituidas en Chipre y también pasan a ser automáticamente residentes fiscales en Chipre.
- La tasa del régimen IP Box aumenta del 2,5% al 3%.
- También se han introducido cambios en el cálculo de las deducciones por amortización de activos intangibles. Si una empresa emite nuevas acciones, es decir, aumenta su capital autorizado, a favor del vendedor para adquirir un activo intangible, entonces, a efectos de amortización fiscal, el valor de ese activo no puede exceder su valor justo de mercado en el momento de la adquisición.
En otras palabras, las deducciones fiscales por amortización se calcularán sobre este valor real de mercado y no sobre el valor nominal de las acciones emitidas, que puede ser significativamente superior o inferior.
Compensación de pérdidas, I+D, criptoactivos y otras actualizaciones clave del impuesto sobre la renta
A continuación se presentan otros cambios relevantes en el impuesto sobre la renta introducidos por la reforma fiscal de Chipre, que pueden afectar la estructuración corporativa, la planificación fiscal y el cumplimiento continuo.
- El período durante el cual las empresas en Chipre pueden compensar pérdidas fiscales contra beneficios imponibles futuros se amplió de 5 a 7 años.
- Gastos de I+D. Durante los períodos fiscales 2025-2030, ambos inclusive, las empresas en Chipre pueden obtener una deducción adicional del 20% sobre los gastos elegibles de I+D.
Esto significa que los gastos de investigación y desarrollo, incluidos los que se capitalizan y amortizan, se deducen de la base imponible no al 100%, sino al 120% (100% + un 20% adicional). La empresa puede optar por aplicar ese 20% adicional total o parcialmente, o no aplicarlo en absoluto.
No obstante, existen limitaciones. Esta ventaja no se aplica al coste de adquisición de activos fijos como maquinaria, equipos, edificios, etc., para los que ya existen deducciones ordinarias por amortización.
Tampoco se aplica a los activos que se benefician del régimen IP Box.
Este incentivo constituye un apoyo temporal para las empresas innovadoras, permitiéndoles reducir de forma significativa su impuesto sobre la renta mediante inversiones reales en desarrollo.
Para una visión más amplia de por qué Chipre sigue siendo atractivo más allá de la reforma fiscal, consulte por qué las empresas IT eligen Chipre para constituirse y escalar.
- Los ingresos procedentes de determinadas operaciones con criptoactivos, tal como se definen en el Reglamento europeo MiCA 2023/1114, tributan a un tipo fijo del 8%:
- venta de un criptoactivo;
- donación de un criptoactivo;
- intercambio de un criptoactivo por otro;
- uso de criptoactivos como medio de pago para adquirir bienes o servicios.
Este régimen fiscal especial no se aplica a los ingresos derivados de criptoactivos obtenidos mediante minería.
En cuanto a las pérdidas derivadas de criptoactivos, la ITL indica que solo pueden compensarse con ganancias de otros criptoactivos de la misma persona y del mismo ejercicio fiscal. Estas pérdidas no pueden trasladarse a ejercicios futuros ni compensarse mediante group relief.
- Nuevos umbrales para operaciones con partes vinculadas, como empresas afiliadas, socios o accionistas:
- Operaciones de venta de bienes: si el importe anual de las operaciones supera, o superaría conforme al principio de plena competencia, los 5 millones de euros.
- Operaciones financieras (préstamos, créditos, garantías, depósitos, etc.): si el importe anual de las operaciones supera, o superaría conforme al principio de plena competencia, los 10 millones de euros.
- Todas las demás operaciones (servicios, royalties, arrendamientos, venta de activos, etc.): si el importe anual de las operaciones supera, o superaría conforme al principio de plena competencia, los 2,5 millones de euros.
- La Regla General Antielusión (GAAR) de la ITL se ha ampliado de forma significativa. Ahora se aplica claramente a cualquier operación o estructura cuyo objetivo principal sea evitar o reducir el impuesto sobre la renta, independientemente de que dicho impuesto recaiga sobre una empresa o sobre una persona física. Las autoridades fiscales tienen derecho a ignorar o reclasificar estructuras artificiales o inadecuadas si se han creado principalmente con fines de optimización fiscal sin una finalidad comercial real.
- Los intereses devengados o percibidos por la empresa se regulan por la ITL y quedan totalmente exentos de la SDCL.
Esto significa que las empresas incluyen los intereses en su renta imponible al tipo del impuesto de sociedades, es decir, CIT del 15% desde 2026, pero sin la SDC adicional, que anteriormente podía aplicarse a los intereses considerados pasivos.
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Cambios en dividendos, intereses y rentas de alquiler bajo las reglas SDC
- La tasa de la Contribución Especial para la Defensa, SDC, sobre los dividendos recibidos por personas físicas residentes fiscales y domiciliadas en Chipre se reduce del 17% al 5%. Los dividendos procedentes de sociedades residentes fiscales en Chipre generados con beneficios obtenidos antes del 31 de diciembre de 2025 seguirán tributando al 17% de SDC si dichos dividendos se pagan hasta el 31 de diciembre de 2031 inclusive.
- Las reglas de Deemed Dividend Distribution, DDD, quedan eliminadas para los ingresos recibidos a partir del 1 de enero de 2026 por sociedades residentes fiscales en Chipre.
- Los dividendos que una sociedad residente fiscal en Chipre recibe de otra sociedad también residente fiscal en Chipre están, por regla general, totalmente exentos de tributación, ni CIT ni SDC. Sin embargo, existen excepciones en las que dichos dividendos siguen sujetos a SDC al 17%. Estas excepciones son temporales y solo se aplican hasta el 31 de diciembre de 2031.
- Se han actualizado las reglas SDC para dividendos pagados por sociedades chipriotas a partes vinculadas situadas en jurisdicciones de lista negra o gris:
- Jurisdicciones de lista negra: la tasa SDC se mantiene en el 17% sobre el dividendo bruto, es decir, sin cambios.
- Jurisdicciones de baja tributación: la tasa SDC se reduce del 17% al 5% sobre el dividendo bruto.
- Los dividendos extranjeros recibidos por una sociedad chipriota suelen estar exentos de todos los impuestos, es decir, al 0%. No obstante, si se cumplen simultáneamente dos condiciones:
- más del 50% de las actividades de la sociedad pagadora consisten en inversiones pasivas, como dividendos, intereses, etc.;
- el impuesto en el país de la sociedad pagadora es inferior a la mitad del impuesto chipriota, es decir, inferior a aproximadamente el 7,5%, entonces la exención no se aplica y dichos dividendos quedan sujetos a una SDC del 5% en lugar del 17% anterior.
- Se ha introducido el concepto de dividendos encubiertos para personas físicas que sean accionistas directos o indirectos de sociedades chipriotas.
Si un accionista, o un familiar suyo, utiliza bienes de la empresa para fines personales o los recibe a un precio inferior al de mercado, ello se considera un dividendo encubierto y tributa al 10%, es decir, al doble del tipo ordinario de SDC del 5%.
- Los ingresos por intereses recibidos por sociedades residentes fiscales en Chipre ya no están sujetos a SDC. En condiciones normales, solo quedan sujetos al impuesto sobre sociedades.
- Las rentas de alquiler ya no están sujetas a SDC. Antes tributaban tanto por IT o CIT como por SDC al mismo tiempo. Ahora solo están sujetas a IT o CIT, sin SDC adicional.
Cambios en el impuesto sobre las ganancias de capital para inmuebles y venta de acciones
- La CGTL introduce la definición de “bienes inmuebles”, tomada de la definición contenida en la Ley de Bienes Inmuebles relativa a propiedad, registro y valoración.
- También se ha modificado la definición de “propiedad”, que incluye participaciones en sociedades que poseen directa o indirectamente participaciones en otras sociedades propietarias de inmuebles situados en Chipre, con el fin de reducir el umbral del valor del inmueble en relación con el valor de mercado de esas participaciones del 50% como mínimo al 20% como mínimo.
Nota: las autoridades deberán aclarar oficialmente el mecanismo detallado para calcular este porcentaje.
- Cuando se venden participaciones de una sociedad y su valor de mercado está representado o determinado principalmente por el valor de mercado de los inmuebles propiedad de esa sociedad, a efectos del cálculo del CGT, se considerará como valor de transmisión el declarado por las partes en el contrato, ajustado para tener en cuenta el valor justo de mercado de cualquier otro activo propiedad de la sociedad que transmite el bien.
- Aplicación del CGT a acciones de sociedades cotizadas o no cotizadas que posean directa o indirectamente, teniendo en cuenta los umbrales correspondientes, bienes inmuebles en Chipre:
- no se grava la ganancia de capital derivada de la venta de acciones cotizadas en un mercado regulado; la CGTL remite a la Ley de Servicios y Actividades de Inversión y Mercados Regulados para definir el concepto de “mercado regulado”;
- no se grava la ganancia de capital derivada de la venta de acciones cotizadas en un mercado no regulado de una bolsa reconocida, siempre que el valor total de todas esas transmisiones durante el año natural no supere los 50.000 euros;
- si el valor total de las transmisiones supera los 50.000 euros durante un año natural, se aplicará el impuesto a los tipos ordinarios sobre las cantidades que excedan dicho umbral en el momento en que se supere;
- las ganancias derivadas de la venta de acciones poseídas a 31 de diciembre de 2025, cotizadas en un mercado no regulado de una bolsa reconocida y propiedad del transmitente en ese momento, quedan exentas de tributación con independencia del valor de la transmisión.
Nuevo plazo para presentar el TD4 y requisito de auditoría obligatoria
- El plazo para presentar las declaraciones del impuesto sobre la renta, TD4, se ha reducido a 13 meses después del cierre del ejercicio, en lugar de 15 meses. Los pagos del impuesto también deben efectuarse antes de este nuevo plazo.
- Se ha introducido la obligación de auditar los estados financieros para todas las sociedades, salvo las más pequeñas.
Eliminación del impuesto de timbre desde el 1 de enero de 2026
El impuesto de timbre queda completamente abolido desde el 1 de enero de 2026.
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